martes, 9 de julio de 2013

Una trama de corrupción sin precedentes que debería conllevar dimisiones y diligencias en bloque. #QuerellaBárcenas

IU pedirá por tercera vez como acusación popular que el juez Ruz cite a declarar como imputado a Bárcenas tras las últimas revelaciones


Esta formación, junto a las otras cuatro organizaciones con las que registró la querella por los ‘papeles de Bárcenas’, ya tiene solicitada en la Audiencia Nacional una batería de diligencias de averiguación sobre las que debe pronunciarse este mismo magistrado que incluye citar de declarar “en calidad de testigo” a María Dolores de Cospedal y a los ex secretarios generales del PP Javier Arenas y Francisco Álvarez-Cascos para que expliquen el “procedimiento seguido para la recepción de donaciones ‘anónimas’ percibidas por el Partido Popular”

Izquierda Unida, integrante de la acusación popular en la pieza separada en la que se investigan los denominados ‘papeles de Bárcenas’ en la Audiencia Nacional, junto a las otras cuatro asociaciones con las que interpuso una querella criminal por la supuesta financiación ilegal del PP y el cobro irregular de comisiones, va a solicitar por tercera vez que se cite a declarar en calidad de imputado en esta investigación al ex tesorero y ex senador del PP, Luis Bárcenas.

IU toma esta decisión a raíz de los nuevos datos descritos por el ex tesorero del PP -en prisión condicional sin fianza desde hace 11 días por su vinculación con la ‘trama Gürtel’, la otra causa que se investiga en la Audiencia Nacional- y publicados con profusión de detalles el pasado domingo por el diario ‘El Mundo’. Buena parte de estos datos coinciden con el contenido y el relato de la querella inicial de Izquierda Unida y los otros cuatro querellantes, registrada el pasado 28 de febrero, que dio lugar a la apertura de esta investigación en la mencionada instancia judicial.

Los querellantes tienen registrada ya una petición anterior de comparecencia, en calidad de imputados, tanto de Bárcenas como del también ex tesorero del PP entre 1990 y 2008, Álvaro Lapuerta. Ésta se solicitó a raíz de las declaraciones que a finales del pasado mes de mayo prestaron ante el juez instructor, Pablo Ruz, nueve testigos, nueve imputados y dos peritos caligráficos de la Policía Nacional.

Cuando de produjo esa petición aún no se conocían los nuevos datos reconocidos por Bárcenas sobre que el PP se habría financiado ilegalmente ‘durante al menos los últimos 20 años’ ni el cobro de cantidades de dinero en bolsas, maletines o maletas en la sede del PP en la calle Génova provenientes de comisiones provenientes de empresarios que lograban contratos de las administraciones gobernadas por los ‘populares’.

Cabe recordar que hasta ahora, y tras decidirse la apertura de la pieza separada sobre los ‘papeles de Bárcenas’ y que el encargado de su instrucción sea el magistrado Pablo Ruz –que ya se encargaba de iguales competencias en la ‘trama Gürtel’- ni IU ni los otros cuatro integrantes de la acusación popular han podido preguntar al ex tesorero del PP sobre el alcance de su participación en estos hechos.    

Además, Izquierda Unida junto a la Asociación Libre de Abogados (ALA), Ecologistas en Acción, Federación Los Verdes y la Asociación Justicia y Sociedad espera también la “pronta respuesta” del juez Ruz a la solicitud de práctica de una completa batería de diligencias de averiguación, que ya han sido registradas. Los querellantes esperan que el magistrado del Juzgado Central de Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional “ordene la práctica de las mismas por entenderlas pertinentes y dando traslado a esta parte de su resultado”, según señalan los servicios jurídicos.

Entre estas diligencias están que se cite a declarar, en todos los casos en “calidad de testigo”, a la actual secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, o a su representante legal, así como a los ex secretarios generales de esta misma formación Javier Arenas (1999-2002) y Francisco Álvarez-Cascos (1989-1999). En el primer caso la solicitud se refiere a que “proceda a explicar el procedimiento seguido para la recepción de las donaciones ‘anónimas’ percibidas por el Partido Popular entre 1992 y 2008”.

En los casos de Arenas y Álvarez-Cascos para que expliquen el “procedimiento seguido para la recepción de las donaciones ‘anónimas’ percibidas por el Partido Popular en los años en que ocupó la Secretaría General”.

Del mismo modo, entre las diligencias de averiguación solicitadas figura que se libre requerimiento al Partido Popular “para que por la Secretaría General de este partido o por su representante legal se identifiquen a los donantes que realizaron los ingresos efectuados en la cuenta especial art. 6 LFP, entre 1992 y 2008”.

IU también ha pedido a Ruz que se libre requerimiento al PP para que se “identifiquen a la persona o personas que se hayan desempeñado como secretarios o secretarias” tanto de Bárcenas como de Lapuerta en el tiempo en que éstos desempeñaron sus funciones para esta formación política.

Los querellantes han argumentado por escrito al juez Ruz la necesidad de llevar a cabo estas últimas diligencias porque, atendiendo a lo manifestado por testigos e imputados, “se infiere la existencia de un esquema delictivo que acreditaría, entre otros delitos, la existencia de una asociación ilícita en el seno del Partido Popular” por la que determinados responsables del PP “entre los que se encontrarían al menos los querellados Lapuerta y Bárcenas, recibían de manos de los donantes, en efectivo, las cantidades”, algunas de las cuales empleados del PP ingresaban luego personalmente en las cuentas del Banco de Vitoria/Banesto.

Para IU y las asociaciones con las que comparte querella “no se trata de donaciones anónimas, por cuanto se conoce la identidad de quienes las efectuaban, sino de donaciones en las que el PP omitió consignar la persona del donante en su contabilidad, cuando sus empleados ingresaban, en efectivo, las distintas cantidades”.

“La Ley 3/87 –describen- prohibía a los partidos aceptar o recibir donaciones de la misma persona, física o jurídica, superiores a 10 millones de ptas. al año. Se refiere, desde luego, a donaciones de personas de quien se conoce su identidad. Dicho límite obligaba, necesariamente, a los partidos a llevar un control de las personas que efectuaban donaciones. Si se sobrepasaba el límite, estarían obligados a rechazarlas o, en su caso, reintegrar el exceso”.

Además, se detalla en la argumentación remitida al juez Ruz “una segunda prohibición legal proscribía y proscribe: recibir donaciones de empresas con contratos vigentes con alguna Administración Pública. Dicha Ley exigía a los partidos públicos llevar registros contables detallados que permitieran conocer el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la misma”.


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